Foto de la protesta

foto cortesia de Ivan Donoso
Read more

Proyectos para presentar a la Presidenta

ORBE) VALPARAISO-. Los diputados RN, e integrantes de la Comisión Salud, Roberto Sepúlveda y Francisco Chahuán, presentaron un proyecto de acuerdo solicitando a la Presidenta de la República que deje sin efecto la circular Nº A15/08 de 25 de marzo de 2008, que permite el libre funcionamiento de almacenes farmacéuticos.

En 1987, el subsecretario de Salud de la época emitió una circular que restringía el funcionamiento de estos almacenes farmacéuticos medida que fue modificada en marzo de este año.

"La derogación de esta restricción permitirá el funcionamiento de almacenes farmacéuticos en todo tipo, incluso en supermercados, multitiendas, e incluso en Servicentros, lo cual deja a los productos farmacéuticos al mismo nivel que una compra de dulces", manifestó el diputado Chahuán.

"Indudablemente que esta situación provocará una tendencia de los usuarios a automedicarse, con los riesgos para la salud que ello implica", agregó el parlamentario Sepúlveda.

"Por esta razón, y para asegurar el cumplimiento irrestricto del Estado a la protección de la salud de la ciudadanía, que garantiza nuestra Constitución Política, pedimos a la Presidenta de la República que disponga a la Subsecretaria de Salud que deje sin efecto el instructivo emitido el 25 de marzo de este año, y que se mantengan subsistentes las restricciones de funcionamiento de los almacenes farmacéuticos dispuestas en el año 1987", finalizaron los legisladores.

Read more

La estrella

Read more

MENSAJE DE APOYO A LOS ALUMNOS DE PARTE DEL PERSONAL NO ACADEMICO DE LA UV.


A LA COMUNIDAD ESTUDIANTIL 
 

     El personal no académico de la Facultad de Farmacia, consciente del problema suscitado por la Ley de Almacenes Farmacéuticos y lo que ello representa para la población en general y, en particular para la profesión químico farmacéutica; además, de las repercusiones que puede tener el aprobar esta ley, no sólo a nivel nacional y local, sino que directamente con el desempeño del quehacer de nuestra comunidad farmacéutica de la que nos sentimos parte, está plenamente de acuerdo con las manifestaciones llevadas a cabo por el estamento estudiantil y los apoya en sus demandas justas y necesarias, ya que para todos nosotros, el pertenecer a una Facultad de Farmacia nos compromete emocionalmente con todo lo que le suceda a cualquier miembro de esta comunidad,  

     Aunque no estemos presente en forma activa en todas las actividades programadas por el estamento estudiantil, deseamos que todo lo emprendido llegue a feliz puerto y que todos los esfuerzos, dedicación y pasión puestos en esta empresa, rindan los frutos deseados y en el futuro sea sólo un recuerdo de lo que se puede lograr cuando se unen las fuerzas en una causa justa, necesaria y por sobretodo que va en resguardo de lo que se considera un deber de los futuros profesionales en relación con las responsabilidades hacia la comunidad y defensa de la salud pública y no menos importante, el deber de velar por un campo de desempeño profesional que está directamente relacionado con la población, en el que conocen los reales problemas de la gente y donde el apoyo profesional es insoslayable. 

     Nuestra fuerza está con ustedes. 
 
 
 

                                    FUNCIONARIOS NO ACADEMICOS

                                            FACULTAD DE FARMACIA 
 

VALPARAISO, abril 29 de 2008.

Read more

solo vean el apoyo de los otros colegios , el colegio de farmaceuticos, colegio de matronas, colegio de cirujanos dentistas de chile, colegio de medic

Read more

Tu salud esta en juego...





Amigos,
El dia 25 de Marzo, la Subsecretaria de Salud ha aprobado una circular donde deroga un anterior decreto instaurado en el CODIGO SANITARIO por el cual se aprueba la instalacion de almacenes farmaceuticos en cualquier lugar, omitiendo la restriccion de que estos solo se instalarian en lugares donde la relacion farmacia-poblacion fuera 1 a 10.000 habitantes.
Que quiere decir esto?, se legaliza la apertura de almacenes farmaceuticos, los que podran vender TODO tipo de MEDICAMENTO, con excepción de Estupefacientes, Psicotrópicos y de Receta Magistral. Lo MAS GRAVE, es que este almacen estara bajo el mando de UN AUXILIAR DE FARMACIA Y NO UN QUIMICO FARMACEUTICO. Al auxiliar se le exige 2do medio, un curso de 3 meses y 10 años de practica. EL profesional Quimico Farmaceutico POR LEY y por deficinicion de la OMS es el EXPERTO EN MEDICAMENTOS, somos los quimicos farmaceuticos los expertos!, los que más sabemos de medicamentos y sus mecanismos de accion, interacciones entre fármacos y con alimentos; y el GOBIERNO quiere reemplazarnos por un técnico con 2do medio!. No es la intencion desprestigiar el ejercicio de un auxiliar en farmacia, pero 10 años de experiencia no se comparan con 6 años universitarios enfocados solo en el farmaco y todo lo que lo rodea.
Que implica esto?... Un PROBLEMA DE SALUD PUBLICA!. La automedicacion en Chile es GRAVE, no hay un respeto por el farmaco, y las intoxicaciones por sobredosis, úlceras gastricas por mal uso de fármacos son pan de cada día... si esto sucede AUN CON CONTROL... imaginese que sucederá SIN CONTROL !

LA SALUD DE TODOS LOS CHILENOS ESTÁ EN JUEGO! LOS QUIMICOS FARMACEUTICOS ESTAMOS MOVILIZADOS POR DEROGAR ESTA CIRCULAR EN FAVOR DE LA POBLACION Y NECESITAMOS SU APOYO!..
ENVIEN ESTE MAIL A SUS CONOCIDOS E INFORMEMONOS DE LO QUE EL GOBIERNO ESTA HACIENDO A NUESTRAS ESPALDAS, CUBRIENDOLO CON TEMAS """MÁS""" IMPORTANTES COMO LA PÍLDORA DEL DIA DESPUES O EL PROBLEMA CON LOS HOSPITALES!

Se agradece el apoyo!
Atte.
Quimica y Farmacia
UV

Read more

Medicamentos podrían llevar etiquetados en sus envases advirtiendo sobre los riesgos de la automedicación

Así lo establece la moción de los senadores Jaime Naranjo y Mariano Ruiz- Esquide que pretende que los remedios tengan en sus envases una advertencia similar a la de los cigarrillos.

Una moción para que los envases de medicamentos lleven etiquetas de  advertencia sobre los riesgos de la automedicación presentaron los senadores Jaime Naranjo y Mariano Ruiz- Esquide con el fin de prevenir, en el país, el alto consumo de fármacos sin receta médica. 

Los legisladores proponen que "toda caja o  envase de  medicamentos deberá contener en su cara principal una advertencia  de, a lo menos el 20% de su superficie.  Esta norma se aplicará de la misma forma a todo acto de publicidad de un medicamento".

 Señalaron que "la experiencia internacional ha demostrado que - tal como en el caso de los  cigarrillos- cuando la advertencia es clara y precisa y  se encuentra ubicada en la cara principal de una cajetilla  tiene un efecto disuasivo sobre las personas".
 
Los parlamentarios explicaron que, de acuerdo a estudios del Ministerio de Salud, "la automedicación equivale aproximadamente al 50% del consumo. Incluso el 74% de los encuestados en dicho estudio admite que ha comprado medicamentos que requieren receta médica sin poseerla".

Manifestaron que "se trata de una automedicación no informada en la cual la decisión de compra está influenciada por la presión de la publicidad; el repetir antiguas recetas; el consultar con el dependiente de la farmacia, por la recomendación de terceros y ofertones de remedios ( 3 por el precio de 1)". 

Afirmaron que "además, influyen factores económicos que impiden a las personas de más escasos recursos acudir a un  médico, y, también, factores culturales, es decir, la costumbre de los chilenos de autoprescribirse medicamentos".

 Por tal  motivo, recordaron que "en julio de 2001, el Ministerio de Salud  inició una campaña educativa destinada a alertar a la población acerca de los potenciales riesgos que implica este tipo de conducta".

 En esa oportunidad, se establecieron los criterios para cambiar la condición de venta de un medicamento y se dispuso que deben ser incluidos obligatoriamente en los remedios la fórmula completa del producto, nombre genérico del fármaco, indicaciones de uso, precauciones, contraindicaciones, interacciones, reacciones adversas, si corresponde, advertencia y periodo máximo de uso.

 En el mencionado decreto se señala también que las publicaciones y publicidad por cualquier medio escrito debe incluir, en al menos un 25% del tamaño del aviso, un resumen, o el total del folleto de información al paciente.

 Sin embargo, los senadores Naranjo y Ruiz–Esquide puntualizaron que "la sugerencia de un grupo de parlamentarios de incluir en los envases una advertencia similar a la de los cigarrillos no se acogió en ese instante y lamentablemente luego de casi 6 años podemos constatar que las cifras de automedicación crecen en forma alarmante y que la política desarrollada por el Ministerio de Salud no ha sido suficiente".

 Agregaron que "un gran número de chilenos sigue automedicándose y con eso, exponiéndose a riesgos desconocidos". Por lo tanto, recalcaron que "es necesario realizar un nuevo esfuerzo destinado a advertir de manera permanente y constante que la automedicación implica un grave riesgo para la salud de las personas".

 Sostuvieron que "de acuerdo al informe del Ministerio de Salud, los riesgos de automedicación no han sido cuantificados, pero se advierte que se pueden deducir una serie de efectos adversos con todo tipo de consecuencias, tales como el mal manejo de patologías crónicas, la antibiótica resistencia, el encubrimiento y consultas tardías de distintas patologías, y desde luego, muchas veces un gasto injustificado".

PD: PARA ESTO ESTA SU FARMACEUTICO

Read more

Almacenes Farmacéuticos

   
Carta a El Mercurio de Prof. QF Hernán Vergara Mardones

El respeto al medicamento es un principio básico en una correcta política de salud. El medicamento es un bien social, no un producto de consumo comercial. Por ello, al Estado le corresponde un estricto papel regulador en una materia de gran incidencia en la salud pública.

Ninguno de estos principios ha sido considerado en la reciente decisión del Ministerio de Salud que habilita la entrega de medicamentos en los llamados "Almacenes Farmacéuticos", que podrán funcionar en cualquier lugar del país sin la debida dirección técnica de un profesional con formación universitaria.

Es necesario recordar que estos establecimientos fueron concebidos para atender las necesidades de algunos medicamentos básicos en poblaciones alejadas de los centros urbanos.

Esta decisión ministerial constituye un riesgo sanitario para la población que ahora podrá acceder a los medicamentos con sólo estirar su brazo.  Los tendrá al alcance de su mano como el ketchup y la mayonesa.

Se sanciona así un sistema más desregulado aún y sin control sanitario que, entre otros efectos negativos, provocará aumentos de la automedicación, uso no racional de fármacos, vigencia de la "integración vertical" (colusión entre productores y comerciantes) y sustituciones no idóneas.

Es bueno informar que las remuneraciones de los auxiliares se construyen con un sueldo base muy bajo, incrementado por bonificaciones según el cumplimiento de metas de venta y las "canelas" (estímulos que les pagan ciertos laboratorios).
No puedo entender que un gobierno como el actual haya cedido a presiones mercantilistas que han logrado imponer a la Ministra de Salud el modelo "puntos de venta" sobre el concepto "centros de salud" que propicia la OMS para los establecimientos  farmacéuticos.

Bien haría mi gobierno en agilizar la reposición del Formulario Nacional, la más grande obra de política de medicamentos hecha en Chile; en poner efectivamente en marcha los estudios de biodisponibilidad para la bioequivalencia conducentes a disponer de medicamentos de primera calidad y evitar las intercambiabilidades sin respaldo, y en desarrollar el sistema de farmacovigilancia que el país requiere.

Estos son problemas no resueltos que exigen soluciones gubernamentales.  Pues bien, el Ministerio de Salud no se moviliza con prontitud por solucionarlos y sólo declara que los dos primeros temas están en estudio. De farmacovigilancia ni siquiera habla.

Contrasta esta lentitud con la celeridad con que ha decidido por vía administrativa una modificación sustancial al régimen de dispensación de medicamentos que favorece intereses comerciales y lesiona sanitariamente a la población.
Es una falta de respeto brutal al medicamento.  Nunca imaginé que mi gobierno fuese tan liviano e inconsecuente en una materia tan importante.  En vez de corregir un sistema que inhibe hoy la plena atención de salud por parte de un profesional de alta competencia en fármacos y lejos de establecer un mayor control en los servicios farmacéuticos, opta por la desregulación y la venta libre.

En una situación menos grave, cuando una empresa intentó vender algunos medicamentos fuera de su farmacia, la Corte de Apelaciones y la Corte Suprema impidieron ese intento en forma unánime.  Los principios que fundamentaron estos fallos son perfectamente aplicables a esta nueva situación.  Es un antecedente importante que no se puede ignorar.

Read more

Subsecretaria Jeanette Vega: anti-farmacéutica?

 

No es primera vez que la subsecretaria de Salud actual militante del PPD ha tenido dificultades con el gremio farmacéutico. Durante su carrera administrativa en el gobierno ha llegado a afirmar que los farmacéuticos no son necesarios en el ISP, lo que desde aquél entonces ha tenido a Vega en muchas situaciones conflictivas con el gremio.

"No es necesario que un farmacéutico ocupe el cargo de Control Nacional de Medicamentos y Cosméticos, sino que basta con que sea un químico" fue la frase de oro que en el año 2002 enfrentó a Jeannete Vega con los Farmacéuticos del Instituto de Salud Pública, en ese entonces la actual subsecretaria ocupaba el cargo de Directora del ISP.

Incluso alejó de su cargo a la Dra. QF Patricia Muñoz Presidenta del capitulo profesional del ISP por liderar los reclamos del Gremio.

Posteriormente la Contraloría General de la República cuestionó a la actual Subsecretaría por mantener un doble contrato con el MINSAL-pese a la dedicación exclusiva exigida para el cargo de Directora del ISP- lo que precipitó su renuncia del cargo de Directora del Instituto Sanitario.
Se sumó a esta acción la toma del ISP realizada por los propios funcionarios quienes exigieron la renuncia de Jeanette Vega.

Su renuncia realizada frente a los medios de prensa y no comunicada a su superior (como exige el Estatuto Administrativo) molestó de sobremanera al entonces Ministro Artaza. Además la contraloría General de la República prohibió a Vega el cobrar sus honorarios de asesora del MINSAL en aquél entonces.

En declaraciones posteriores la actual Subsecretaria Vega afirmó "que se le hizo la vida imposible en el ISP".

Ahora las circunstancias vuelven a enfrentar a Jeanette Vega con el gremio farmacéutico siendo ella quien deroga la normativa sobre los almacenes farmacéuticos y volviendo a decir a través de esta acción que los Químicos Farmacéuticos no son necesarios en el expendio y control de medicamentos en nuestro país.

¿Será esta una revancha contra el gremio? ¿Será esta subsecretaria "anti-farmacéutica"?. Preguntas complejas, pero que tomando en cuenta los antecedentes antes expuestos dan para preocuparse o cuestionar su validez como interlocutora en las materias que afectan al gremio.

Read more

Lo que logramos con ir a santiago, VAMOS QUE SE PUEDE!!!

ESTA ES LA CIRCULAR QUE FIRMO LA SECRETARIA DESPUES DE HACER VISTO A MAS DE MIL PERSONAS ENTRE QUIMICOS FARMACEUTICOS Y ALUMNOS DE LA CARRERA QUIMICA Y FARMACIA,
SOLO QUE CON ESTO NO CONCEGUIMOS MUCHO, PERO YA HEMOS HECHO ALGO , PERO AUN FALTA!!!

SIGAMOS EN LA LUCHA
Read more

aqui estan los mails de los directivos del senado para que los llenen con mail s

FOTO_09 W:125 H:166 15,7 kb

Presidente del Senado

Adolfo Zaldívar Larraín

Adolfo Zaldívar Larraín


Fono: 56 - 32 - 2504000 anexo: 4284

Fax: 56 - 32 - 2234350

Dirección: Senado - Congreso

Nacional- Valparaíso - Chile

email: presidencia@senado.cl








FOTO_08 W:125 H:166 16,3 kb

Vicepresidente del Senado

Baldo Prokurica Prokurica

Baldo Prokurica Prokurica

Fono: 56 - 32 - 250 40 00 anexo: 4090

Fax: 56 - 32 - 250 46 33

Dirección: Senado - Congreso

Nacional- Valparaíso - Chile

email: bprokurica@senado.cl








FOTO_03 W:100 H:112 1,0 kb

Secretario General

del Senado

Carlos Hoffmann


Carlos Hoffmann Contreras

Fono: 56 - 32 - 2504000 anexo: 4101

Fax:Dirección: Senado - Congreso

Nacional- Valparaíso - Chile

email: secresen@senado.cl








FOTO_04 W:100 H:115 2,4 kb

Prosecretario General

y Tesorero del Senado

José Luis Alliende

José Luis Alliende Leiva


Fono: 56 - 32 - 2504000 anexo: 4057

Fax:

Dirección: Senado - Congreso

Nacional- Valparaíso - Chile

email: prosesen@senado.cl



Read more

NOTICIAS DE LOS ACONTECIMIENTOS DE LAS MARCHAS

Read more

Molestia con MINSAL!!!!


estimados lectores de esta pagina, me encuentro muy sentido no solo por mi profesion como quimico farmaceutico, si no tambien como ciudadano, no puedo creer que la ministra de salud no tenga interes, en lo que la convoca a su cargo que es la salud publica, fuimos pasados a llevar siendo ella incapaz de realizar su labor, dejando plantado a los representantes del colegio de quimicos farmaceuticos y luego mas tarde incapaz de poder recibirnos en el MINSAL, luego de tanta lucha aceptaron recibir a dos representantes, pero a los 5 minutos fueron desalojados de la sala y atendidos ,miseramente en las escalas del establecimiento.
¿habra interes por la salud publica?? ¿habra intenciones politicas por parte de la subsecretaria de la salud?? ¿interes economicos, por el intercambio de la salud publica??.

esperamos que algun politico nos apoye !!

http://www.farmaceuticosunidos.blogspot.com

gracias por el espacio
Read more

PATRONO DE LOS FARMACEUTICOS TE ROGAMOS !!!



Patrono de los farmaceuticos ayudanos en esta lucha, en contra de quienes no creen en los efectos secundarios que pueden producir la muerte,

ayudanos a derogar la circular

ayudanos a darle la importancia a nuestra profesión

ayudanos a estar mas unidos

ayudanos a proteger a la gente del abuso de los medicamentos

ayudalos a entender que el medicamento no es una mercancía populista

ayudanos a siempre estar para abastecer a la población

ayudanos a dar una atención oportuna y descubrir los errores para ayudar

por eso te pedimos

ruega por nosotros...............
Read more

Chile vivió intensa jornada de protestas estudiantiles y de profesionales farmacéuticos

Mientras los alumnos escolares secundarios y los estudiantes agrupados en la Fech protestaron en el Parque Forestal por demandas en materia educacional, un grupo formado por alrededor de mil químicos farmacéuticos marcharon desde Plaza Italia hasta el Ministerio de Salud para manifestar su rechazo al decreto que permite los almacenes farmacéuticos.

Primero fueron marchas en rechazo al dictamen del Tribunal Constitucional, que prohíbe la entrega gratuita del la píldora del día después. Cuando se pensó que volvería la calma, tanto estudiantes universitarios y secundarios, como una agrupación formada por químocos farmacéuticos dijeron lo contrario.

Por un lado, los alumnos escolares y universitarios (agrupados en la Fech) concurrieron a una marcha cuyo trayecto fue desde Plaza Italia hasta el Parque Forestal, el cual no estuvo exento de conflictos entre los manifestantes y Carabineros, que vigilaban el evento.

Las demandas estudiantiles que consignaban no eran nuevas. Reclamaban por una mejor educación y por tener mayores facilidades con el pase escolar.

En tanto, un grupo, de alrededor de mil personas hicieron, en horas de la tarde, algo similar. Esa multitud, que agrupaba a químicos farmacéuticos y estudiantes de esa profesión de Santiago y Valparaíso marchó desde Plaza Italia para apostarse frente al Ministerio de Salud para reclamar por el decreto firmado por la cartera, que permite los almacenes farmacéuticos.

Estos últimos consistirían en que se permita vender fármacos en otros locales comerciales además de las farmacias, a lo cual los profesionales de esa área se oponen tajantemente. “El alcance de esta medida, es que en vez de darle una la responsabilidad a una farmacia o a un farmacéutico, se baja el nivel a un técnico en farmacias, que no es un farmacéutico y el experto en medicamentos es un farmacéutico, no un técnico y el decreto se firmó en marzo por debajo de la mesa”, enfatizó el organizador de esta marcha, Fernando Gárate.

Marchas van, marchas viene, lo que parece demostrar que las distintas disciplinas no están de acuerdo con las implementaciones gubernamentales.

http://www.partidospoliticos.cl/















Read more

NO SOLO BASTA CON DETENER LA CIRCULAR


El considerar que la solución al conflicto que vive la profesión actualmente pasa por que el MINSAL no permita la instalación de los "almacenes farmacéuticos" es errado, lo que se hace necesario es tomar esta oportunidad de unión profesional para comenzar con reformas serias en el mundo farmacéutico chileno, que van desde regular sanitariamente el mercado farmacéutico hasta implementar cambios importantes en la forma de enseñar y hacer farmacia a nivel universitario.


Uno de los principales factores de la pasividad de muchos colegas lo constituye quizas la protección legal propia de nuestra profesión, la que establece en el codigo sanitario y reglamentos afines la obligatoriedad de contar con un Químico Farmacéutico en diversos campos como la Cosmética, la Industria y por supuesto, la Farmacia Privada y Asistencial.Esta protección hasta hace unos días representaba un "colchón" de tranquilidad para muchos Farmacéuticos, una protección necesaria por cierto para asegurar a la población de contar con un profesional garante en materia de medicamentos, pero también ha significado un aliciente para muchas veces no jugársela por ser competitivos y realmente convertirse en los profesionales que la población requiere.Precisamente por lo anterior, es que no podemos solo conformarnos con la reversión de la anulación de la circular que regulaba a los almacenes farmacéuticos, eso sería un error. Sino que tenemos que darnos cuenta que para poder cumplir con nuestro rol profesional y ser un verdadero aporte para la sociedad, se hacen necesarias profundos cambios en diversos niveles; a nivel gremial, educacional y también en el orden sanitario y comercial.Es cierto, es una realidad que el medicamento actual se encuentra entregado a un mundo y reglas de mercado demasiado perversas, en donde muchos colegas por presiones externas se ven impedidos muchas veces de poder ejercer verdaderamente su rol. Pero, de forma inteligente y en colaboración con los otros gremios de la Salud debemos poner estos temas sobre la mesa, ser capaces de proponer esquemas que equilibren la Salud Pública versus la rentabilidad del rubro y comenzar a hablar de la forma en que los Chilenos acceden a los medicamentos, la calidad de ellos y las condiciones y exigencias laborales a la que están sometidos tanto Farmacéuticos como Auxiliares de Farmacia, tanto comunitaria y Asistencial.El mercado farmacéutico necesita reformas que no necesariamente deben estar dirigidas a su restricción y limitación de por sí, sino que más bien deben estar focalizadas a la humanización de un sistema que no asegura igualdad ni equidad de acceso para una gran parte de la población.El dejar pasar este momento de efervecencia, unión y energía de nuestro gremio para vovler a dormir si es que el MINSAL cede en nuestras demandas sobre el particular tema de los alamcenes farmacéuticos , sería un grave error,´el cual no nos podemos permitir. Ha llegado la hora de empezar a proponer cambios que necesariamente deben nacer de las organizaciones gremiales y ojalá de las académicas que poco y nada tocan estos temas.Pero para eso necesitamos en primer lugar una institucionalidad gremial fuerte, se necesitan colegiados que no tán solo se remitan a aportar con su cuota sino que además participen, pero también el Colegio de Químicos Farmacéuticos debe abrir las puertas a una participación mucho más activa de sus actividades para quienes no ocupan cargos en su interior.En el sector universitario, por otro frente, se hace necesario el repensar el como se enseña farmacia, el como se estructuran sus facultades y que orientaciones tienen éstas, las que actualmente parecen centros de desarrollo de Química más que centros de desarrollo de la Farmacia como tal.Como podemos ver a grosso modo, tenemos bastantes desafíos, el tema de los almacenes farmacéuticos es quizás el más inmediato y urgente pero no el único ni el más importante.Como gremio, el crear una ideología sobre las razones y formas de implementar los cambios necesarios en materia de medicamentos que necesita nuestro país, nos serviría mucho. En primer lugar para invitar al debate y generar propuestas, pero con mayor importancia todavía, para posicionarnos como un grupo de acción dentro de esta sociedad con ideas y propuestas claras a conseguir.Dentro de esas ideas, debemos aprovechar este movimiento generado para lograr por lo menos avances, discusión y debate en las siguientes materias:- Rol efectivo del profesional Farmacéutico en la nueva política de medicamentos y su incorporación como profesional sanitario al Sistema de Salud Estatal y Privado (No como un abastecedor de insumos solamente).- Regulación del sector de Farmacia Privada, en cuanto a evaluar su funcionamiento actual versus las necesidades de la población, como además el esquema de incentivos existente el día de hoy a favor de la venta. Esto en colaboración con los entes empresariales quienes podrían jugar un rol muy activo y con el establecimiento de un marco por parte del Estado con principios fundamentales que resguarden a la población en general.- Bioequivalencia. No es posible que todavía no podamos discriminar objetivamente sobre la intercambiabilidad de Medicamentos.- Atención Farmacéutica. Impulsar realmente acciones tendientes a general políticas verdaderas en este campo a nivel Público, Privado y Universitario. Terminar con los esfuerzos aislados que existen hoy sin ninguna dirección clara estructurando una verdadera red en esta materia.- La formación de los futuros profesionales. En todo el mundo existen facultades de Farmacia que desarrollan la Farmacia como tal y que constituyen polos de desarrollo, innovación y creación. En nuestra Universidades esta es una realidad no muy asumida por muchas entidades educativas.- Fortalecimiento del gremio y apertura efectiva del Colegio de Químicos Farmacéuticos. A través de la participación será la unica forma de fortalecer al colegio como agrupación y contar con una mayor movilidad profesional constituyéndolo en un actor social de forma símil como lo hace el Colegio Médico.Y quedan muchos temas más. Por lo que podemos concluir que este recien es el comienzo y que no podemos permitirnos el volver a dejar estas materias de lado, sino que todos debemos comenzar a asumir que estos asuntos requieren nuestra urgente atención.El MINSAL deberá respondernos no tán solo con lo relativo a los almacenes, sino que debemos llegar a poner en el tapete de la discusión temas como la política de medicamentos, el formulario nacional y el rol de los farmacéuticos en el sistema público de Salud.Para eso necesitamos generar un gran debate gremial, abierto y participativo que debe comenzar desde ya. No te quedes afuera.
Read more

IMPORTANTE PARA LOS PROTESTANTES DEL JUEVES 24!!!!!!!!!!!!!!!!!!!

Es importante que como estudiante farmacéutico en protesta usted no olvide:
-.Por Carlos Constenla.

R.A.M.: Reacción adversa a medicamento. Ej. Daño hepático por paracetamol, ulcera provocada por ibuprofeno, daño óseo por tetraciclinas, entre otros. Que no es lo mismo que efecto colateral, que es, por ejemplo, el sueño que provoca la clorfenamina, siempre se producirá junto al afecto antialérgico (terapéutico) es imposible evitarlo.
Interacción medicamentosa: Dos medicamentos pueden presentar problemas si su uso es simultáneo, atenuándose (disminuyendo su efecto a rangos bajo el umbral terapéutico) o potenciándose (aumentando su efecto a tal grado que se vuelve tóxico). Por ejemplo, se potencia un anticoagulante (acenocumarol, heparina) con la aspirina (antiagregante plaquetario) provocando hemorragia, otro ejemplo es el efecto potenciado del atenolol (antihipertensivo) con un diurético (hidroclorotiazida) disminuyendo mucho mas la presión arterial, efecto que se aprovecha en el tratamiento de la hipertensión. Se inhiben atenolol (betabloqueante) y salbuterol o salbutamol (beta estimulantes), es decir, no se produce el efecto broncodilatador del segundo.

OTC: Sigla para “Over The Counter”, que quiere decir “sobre el mesón” y se refiere a un grupo de medicamentos a los que les está permitida su venta directa al público sin restricciones de presentación de receta. Caen en este grupo los AINEs (analgésicos antiinflamatorios no esteroidales, o analgésicos a secas): paracetamol, ibuprofeno, diclofenaco, metamizol (dipirona), aspirina, y todo lo que usted puede tomar para aliviar el dolor, la inflamación y la fiebre (para la fiebre se toma paracetamol, que es un buen “antipirético”(anti-fiebre)). Los antihistamínicos o antialérgicos: clorfenamina, cetirizina, loratadina. Los anti diarreicos: sulfaguanidina y en general las sulfas, y la loperamida. Los antiespasmódicos: trimebutina, buscapina, atropina. Los antitusivos, mucolíticos, expectorante: ambroxol, bromhexima, noscapina. Los antieméticos (anti-vómito): metoclopramida. Y lo más curioso unos pocos antidepresivos, los llamados “inhibidores selectivos de la receptación de serotonina” y que son: sertralina, paroxetina, fluoxetina, venlafaxina, citalopram, consumidos en masa y a veces sin conocimientos por la población. Por mencionar algunos, son muchos más pero no terminaría nunca y no es la idea, al menos darles una orientación.

Arma de lucha: Los AINEs tienen fuerte relación con problemas a la salud, TODOS pueden causar daño renal (al riñón) y hepático (al hígado) y disminuyen el calibre de la mucosa gástrica por lo que aumentan las probabilidades de tener úlcera. Se han reportado muchos casos de cirrosis hepática fulminante en la historia que avalan la hepatotoxicidad (toxicidad para el hígado) del paracetamol, siendo la única solución para mantener la vida el trasplante hepático. El ibuprofeno y en general los AINEs y sobre todo la aspirina causan gran disminución del calibre de la mucosa gástrica por ende están contraindicados en personas con úlcera. La aspirina a demás tiene un conocido efecto antiagregante plaquetario por lo que puede producir hemorragias internas y consecuentemente anemia. Los antidepresivos mencionados arriba necesitan períodos de un mes como mínimo para comenzar a surtir efecto debido a un proceso bioquímico complejo que acompaña su mecanismo de acción (plasticidad neuronal) por lo que su uso debe ser bajo supervisión médica. Las sulfas (anti diarreicos) destruyen la flora intestinal responsable de la absorción de vitamina B12 al igual que los antibióticos que NO están dentro de la clasificación OTC. Según esto la venta irresponsable o sin supervisión de un farmacéutico pone en peligro la salud de la población y si bien en la farmacia usualmente la venta se realiza sin mediar la asesoría farmacéutica está ahí el profesional por cualquier duda de uso, interacciones o contraindicaciones, cosa que desconoce el personal auxiliar de farmacia aunque lleve 20 años trabajando y en caso de cualquier problema sanitario es él quien debe hacerse responsable. Es cierto que hay personal altamente capacitado en relación al uso básico de los medicamentos, pero no tienen formación farmacológica para establecer causalidad ni formación respecto de mecanismo de acción generales, por lo que en presencia de un medicamento nuevo, raro, poco usado, no podrán establecer los posibles peligros que pueda conllevar su uso, además no estará el farmacéutico para instruir al personal en qué es lo que hace el medicamento y si puede o no venderlo sin problemas ni advertencias al público.

LOS MEDICAMENTOS SON POTENCIALES VENENOS SI NO SE USAN BIEN. CONFÍE EN SU FARMACÉUTICO.


Algunas preguntas de interés:

¿Qué es una circular?

Documento jurídico que según la pirámide Kelseniana está bajo los códigos y los reglamentos, es más bien un asunto administrativo que cumple la función de informar, aunque no deja de ser una instancia jurídica y por ende debe ser obedecida.
Definición de circular: Comunicaciones internas de la Administración Pública, expedidas por autoridades superiores, para dar a conocer a sus subalternos criterios, instrucciones, órdenes, avisos o la interpretación de disposiciones legales

¿Cuándo fue promulgada la ley que autoriza la formación de los almacenes farmacéuticos y que es lo que ha cambiado ahora con la circular?

En el decreto 466 de 1985 se norma el funcionamiento de almacenes farmacéuticos sin restricción, ante esto el 15 de enero de 1987 mediante una circular (La 2C/1 de 1987) se restringe su funcionamiento a las localidades en que la relación entre farmacias existentes y la población sea inferior a una por cada diez mil habitantes. La circular
de este año deja sin efecto la circular de 1987 y vuelven los almacenes farmacéuticos a estar sin restricción.
Read more

MENSAJE DEL PRESIDENTE DEL COLEGIO QYF Y BCOS

Estimados Colegas :

Deseo manifestar mi alto compromiso y entusiasmo , por los hechos que deberemos enfrentar juntos en los próximos días y que atentan contra la salud de la población.
La mesa directiva del Colegio esta haciendo todos los esfuerzos para responder con fuerza esta medida irresponsable de la Subsecretaria de Salud., Dra. Janeth Vega, quien a la fecha no ha tenido pronunciamiento , ni ha dado las razones del porque ha firmado dicha circular.
Las acciones que la directiva ha programado para los próximos días son :

1.- Hemos solicitado a la abogado Angela Vivanco profesora en Derecho Constitucional nos haga un informe en derecho para respaldar nuestra postura ante las autoridades que corresponda.
2.-Mañana miércoles 23 tenemos reunión de Directorio Nacional, donde afinaremos la nueva carta que presentaremos a la Ministro de Salud y revisaremos la estrategia a seguir.
3.- El jueves 24 , nos recibe la Ministro de Salud , Dra Soledad Barria, donde me acompañaran la mesa directiva y la abogado del Colegio. Esperamos que en esta reunión nos expliquen las razones de tan absurda medida y entiendan nuestros planteamientos para dar por superado este problema de carácter político economicista..
4.- Los estudiantes de farmacia de todas las Universidades han tenido una postura ejemplar y se han manifestado pacíficamente en la sede del Colegio y en la plaza Italia ayer en nuestra Asamblea, por lo que agradecemos su entusiasmo y defensa permanente de la salud de la población , a lo largo del pais.
5.- Están todos los Consejos Regionales informados y trabajando para denunciar a la comunidad esta situación mercantil que se desea hacer con los medicamentos.
6.-Hemos recibido una carta del Presidente de la Comisión Salud de la Camara de Diputados , donde manifiesta que por unanimidad de sus integrantes nos reciben en audiencia especial el día 29 de Abril en la Camara de Diputados.
7.- Tenemos el respaldo irrestricto a nuestro Gremio , de todos los Colegios profesionales de la Salud , quienes han manifestado su apoyo total hasta las ultimas consecuencias. Colegio Medico de Chile , Colegio de Dentistas de Chile y Colegio de Matronas de Chile.

Estimados colegas los invito a sumarse a esta cruzada y a participar con entusiasmo en las actividades que nuestro gremio esta desarrollando en beneficio de la salud de nuestra población y de defensa de nuestro rol como celosos guardianes de los medicamentos en Chile.

Un abrazo fraterno de la mesa directiva para todos ustedes.

Elmer Torres Cortes
Orgullosamente Farmaceutico
Read more

Colegios profesionales de la Salud rechazan Almacenes Farmacéuticos

Read more

MOVILIZACION EN SANTIAGO APOYO DE ALUMNOS DE LA UV

Read more

Documento de la Delegación Regional Valparaíso del colegio de Químicos farmacéuticos y Bioquímicos de Chile.A.G

Documento de la Delegación Regional Valparaíso del colegio de Químicos farmacéuticos y Bioquímicos de Chile.A.G
Tema: Almacenes Farmacéuticos
La Delegación Regional del Colegio de Químicos Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile A.G, en asamblea efectuada el día Jueves 17 de Abril del 2008, manifiesta su profundo rechazo a la Circular NºA15/08, que otorga libertad para la instalación de almacenes farmacéuticos.
Los argumentos para validar este rechazo son los siguientes:
Primero.- La Política Nacional de Medicamentos, aprobada por Resolución Exenta N° 515 de 2 de abril de 2004, del Ministerio de Salud, establece como uno de sus propósitos:
“Asegurar la disponibilidad y acceso a toda la población a los medicamentos indispensables contenidos en el formulario nacional, de eficacia y calidad garantizada, seguros, de costo asequible y cuyo uso racional lleve a conseguir los máximos beneficios en la salud de las persona como en el control del gasto que ellos representan”
El punto 5.2 de esta Política, está referido a la GARANTÍA DE CALIDAD DE LOS MEDICAMENTOS y en su 3° punto señala “La calidad de la atención en la farmacoterapia es un derecho del usuario de medicamento. Esto incluye la prescripción basada en la evidencia, la calidad garantizada del medicamento y la asistencia de profesional farmacéutico en la dispensación”
En este mismo punto se hace mención a la líneas de acción para el logro de este propósito y estos declaran:
Punto 2.“Establecer un programa de certificación de competencias de los químicos farmacéuticos responsables de la atención farmacoterapéutica en farmacias asistenciales y comunitarias”
Punto 3. Reactivar el programa de destinación para químicos farmacéuticos para que la población de menor recurso que habita en zonas de mayor aislamiento, pueda contar con asistencia farmacéutica en el centro de salud o en la comunidad
El punto 5.3 de esta Política se refiere a “GARANTIA DE RACIONALIDAD EN EL USO DE LOS MEDICAMENTOS” que en su punto 1° declara: “Se desarrollará un plan de promoción del uso racional de los medicamentos orientado a la modificación de las conductas en la prescripción, en la dispensación y en el uso” para lo cual las líneas de acción propuestas en el punto 2. señala: “Crear en los hospitales de mayor complejidad del SNSS a lo menos una instancia a cargo de un profesional farmacéutico que organice, desarrolle y de seguimientos a programas para el uso racional de medicamentos que además, se responsabilice de la periodicidad del funcionamiento del comité de farmacia y Terapéutica” y en el punto 3. señala “Desarrollar programas de educación para el uso racional dirigidos a la población con el objeto de incorporar conductas sobre uso racional.”
En este mismo ámbito, el punto 3° señala además: “ La dispensación profesional de los medicamentos debe contribuir a su uso racional” y las líneas de acción para obtenerlo establecen en el punto 1. “Promover el desarrollo de la farmacia y del químico farmacéutico en la atención del usuario” y en el punto 2. “Integrar la dispensación como un servicio farmacéutico básico en la atención de la población”
Esta política fue propuesta por un equipo multidisciplinario de expertos, que consideró una gran cantidad de antecedentes para su formulación, entre estos la existencia de un alto porcentaje automedicación no informada, influenciada entre otros por la presión de la publicidad y la ausencia de un plan de uso racional de medicamentos desde el Ministerio de Salud. La automedicación puede producir aparte de efectos adversos con todo tipo de consecuencias, un mal manejo de enfermedades crónicas, resistencia a antibióticos, enmascaramiento y consultas tardías de patologías que conducirán indudablemente a un mayor gasto en salud.
En ella reconoce la importancia y las competencias del profesional químico farmacéutico para llevar a cabo las acciones de dispensación, aseguramiento de la calidad y promoción de uso racional de medicamentos entre otras.
La Circular NºA15/08 permite la instalación de almacenes farmacéuticos a cargo de un practico en farmacia o auxiliar de farmacia, quienes obviamente no tienen la formación etica ni profesional para resolver problemas relacionados a medicamentos o de salud pública: las únicas exigencias para el auxiliar de farmacia son haber cursado segundo medio y rendir una prueba ante el Servicio de salud y en su desempeño laboral siempre esta bajo la supervisión del profesional Químico Farmacéutico. Por esto nos parece de una irresponsabilidad extrema esta medida de parte del ministerio de salud.
Segundo:
Si el argumento fue garantizar el acceso al medicamento, tampoco se justifica la instalación de los almacenes farmacéuticos por las siguientes razones:
1.- Las cadenas de farmacias y farmacias independientes tienen una amplia cobertura en zonas urbanas.
2.- El almacén farmacéutico es una entidad comercial y probablemente “venderá” los medicamentos a los mismos precios que los entrega una farmacia privada, por lo cual no existiría una verdadera ventaja en el acceso a los medicamentos.
3.- La Red Asistencial, con sus servicios de salud a lo largo del país, es capaz de asegurar la entrega de los medicamentos a los pacientes en cualquier localidad, aún alejada de los centros urbanos.
Tercero: En relación al aseguramiento de entrega de medicamentos de calidad, seguros y eficaces, los fiscalizadores actuales que ya son insuficientes para controlar a las farmacias, serán aún más insuficientes para controlar a los almacenes farmacéuticos. ¿Que pasará con los medicamentos que requieren de condiciones especiales de almacenamiento? se podrá garantizar al paciente que se respetaron las condiciones de almacenamiento adecuado a cada producto farmacéutico?
Cuarto No existe un problema epidemiológico, sanitario, ni falta de cobertura de medicamentos para justificar la existencia de los almacenes farmacéuticos. El Ministerio de Salud debe responder con argumentos valederos que lo motivó a contar con este tipo de establecimientos, ya que ellos bajo ningún punto son necesarios y por el contrario traera una serie de consecuencias negativas entre las que podemos citar: aumento descontrolado de la automedicación y de trafico ilícito de medicamentos y la población estará expuesta a graves problemas de salud pública.
Dado los antecedentes expuestos, se puede concluir que la mencionada circular es total y absolutamente contradictoria a la Política Nacional de Medicamentos en la reforma de salud, por esta razón la derogación de la misma debería ser inmediata por parte del Ministerio de salud.
Por último, consideramos que es necesario generar un documento único que reúna las opiniones de los profesionales a lo largo del país, para recurrir a las más altas entidades legislativas de la nación, así también como presentar los documentos jurídicos necesarios y a quien corresponda para proteger la Salud de la Población chilena.
Este documento único debería ser enviado a todos los medios de prensa para que la comunidad tenga conocimiento acerca del riesgo en el cual podría caer al adquirir medicamentos en lugares donde no hay un profesional químico farmacéutico.
Valparaíso 17 de abril de 2008
Read more

Atentos alumnos de quimica y farmacia de Chile, en especial los de la UV

Estimados Compañeros: Es un agrado el poder comunicarles que el movimiento en contra los ALMACENES FARMACEUTICOS va viento en popa por parte de los estudiantes, y es por esta razón que como lo mencionamos en la asamblea del viernes, como CEFUV viajaremos este lunes a Santiago a apoyar el movimiento, a marcar presencia y organizar todo para que el jueves cuando lleguemos alla como universidad de valparaiso seamos el complemento perfecto a nuestros compañeros en Santiago. Por este motivo queremos recordar que aquellos que quieran ir este lunes acompañandonos, bienvenidos sean ya que mientras mas mejor......... eso si que cabe recordar que este lunes cada uno costea su pasaje(con pase escolar 3000 ida y vuelta en pullman bus) así que invitamos a los interesados dirigirse a la sala de CEFUV e inscribirse o llamar al fono 8-5359562 para confirmar asistencia y tenerlos en mente para el día de mañana en la tarde, ya que la manifestación es a las 1800 hrs en el parque forestal,Santiago. Por otra parte recordarles que para este jueves el valor del pasaje es mínimo 1500 pesos, por que digo mínimo dado que si alguien puede poner mas bienvenido sea dado que así nos ayudan a costear todos los gastos anexos........recordar también que el día jueves la partida seria a las 10 de la mañana desde nuestra facultad toda esta información esta por confirmar...... pero tenganlo en mente ya que no deberia variar mucho y desde ya acerquense a cancelar o inscribirse con su pasaje a la sala de CEFUV así como en todas las asambleas que hagamos de aquí en adelante. COMPAÑEROS INSISTIMOS EN QUE ESTA NO ES UNA INVITACION, DADO QUE CREEMOS QUE ES NUESTRA OBLIGACION COMO ESTUDIANTES DE QUÍMICA Y FARMACIA ASISTIR ESTE JUEVES Y PELEAR POR LO QUE CREEMOS JUSTO.INSCRIBETE Y NO FALTESpd: no olvidar la asamblea de mañana a las 16:00 en el auditorio Bse despide attePABLO OLIVARESASUNTOS INTERNOSCEFUV 2008
Read more

CIRCULARES DE ALMACENES FARMACEUTICOS


CIRCULAR DE 1987 Y
ACTUAL CIRCULAR QUE VULNERA LA CAPACIDAD DEL QUIMICO FARMACEUTICO PARA DEFENDER SU SALUD
Read more

CODIGO SANITARIO LIBRO CUARTO CORRESPONDIENTE PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y LA IMPORTANCIA DEL ROL DEL QUIMICO FARMACEUTICO

LIBRO CUARTO
DE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ALIMENTOS DE USO MEDICO, COSMETICOS,
PRODUCTOS ALIMENTICIOS Y ARTICULOS DE USO MEDICO
Título I
NORMAS COMUNES
Artículo 94. El Instituto de Salud Pública será la autoridad encargada en todo el territorio nacional del control
sanitario de los productos farmacéuticos y cosméticos, y de velar por el cumplimiento de las disposiciones que sobre
la materia se contienen en el presente Código y sus reglamentos. Tratándose de productos alimenticios, la autoridad
sanitaria serán los Servicios de Salud, y en la Región Metropolitana de Santiago, el Servicio de Salud del Ambiente.
Un reglamento contendrá las normas de carácter sanitario sobre producción, registro, almacenamiento,
tenencia, distribución, venta e importación, según corresponda, y las características de los productos farmacéuticos,
cosméticos y alimenticios.
Artículo 95. Los productos a que se refiere el artículo anterior deberán responder en su composición química y
características microbiológicas a sus nomenclaturas y a las denominaciones legales y reglamentarias establecidas y,
Page 17
en el caso de los alimentos, además, a sus caracteres organolépticos.
Artículo 96. Se prohibe la fabricación, importación, tenencia, distribución y transferencia, a cualquier título, de los
productos farmacéuticos, alimentos de uso médico, cosméticos y productos alimenticios contaminados, adulterados,
falsificados o alterados.
El Servicio Nacional de Salud determinará, en cada caso, si la sanción aplicable a quienes infrinjan este
artículo corresponde, individual o conjuntamente, al importador, fabricante, exportador, expendedor o tenedor del
producto.
Título II
DE LOS PRODUCTOS FARMACEUTICOS, ALIMENTICIOS DE USO MEDICO, COSMETICOS Y
ARTICULOS DE USO MEDICO
Artículo 97. Se entenderá por producto farmacéutico cualquiera substancia, natural o sintética, o mezcla de ellas,
que se destine a la administración al hombre o a los animales con fines de curación, atenuación, tratamiento,
prevención o diagnóstico de las enfermedades o de sus síntomas.
Artículo 98. Alimentos de uso médico son aquellos que, por haber sido sometidos a procesos que modifican la
concentración relativa de los diversos nutrientes de su constitución o la calidad de los mismos, o por incorporación
de substancias ajenas a su composición, adquieren propiedades terapéuticas.
Los alimentos simplemente enriquecidos en vitaminas normalmente presentes en ellos, no serán
considerados alimentos de uso médico para los efectos de este Código.
Artículo 99. Se entenderá por cosmético cualquier preparado que se destine a ser aplicado externamente al cuerpo
humano con fines de embellecimiento, modificación de su aspecto físico o conservación de las condiciones físico-
químicas normales de la piel y de sus anexos.
Artículo 100. El Ministerio de Salud Pública aprobará, previo informe de sus Unidades Técnicas Normativas, un
Formulario Nacional de Medicamentos que contendrá la nómina de los productos farmacéuticos indispensables en el
país para una eficiente terapéutica. Este Formulario Nacional precisará la forma farmacéutica y dosis de cada
medicamento y señalará el uso, limitaciones y peligro de los mismos.
El Director General de Salud dispondrá las medidas necesarias para que la población y los servicios que
presten atención médica se encuentren permanentemente abastecidos de los productos farmacéuticos que componen
el Formulario Nacional de Medicamentos.
Artículo 101. Los instrumentos, aparatos, dispositivos y otros artículos o elementos destinados al diagnóstico,
prevención y tratamiento de enfermedades de seres humanos, así como al reemplazo o modificación de sus
anatomías y que no correspondan a las sustancias descritas en los artículos 97, 98 y 99 de este Código, deberán
cumplir con las normas y exigencias de calidad que les sean aplicables según su naturaleza, en conformidad con las
siguientes disposiciones:
a) Las personas naturales o jurídicas que, a cualquier título, fabriquen, importen, comercialicen o
distribuyan tales elementos, deberán realizar el respectivo control y certificación de su calidad en servicios,
instituciones, laboratorios o establecimientos con autorización sanitaria expresa, otorgada de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 7º de este Código.
El reglamento deberá establecer las condiciones de equipamiento y demás recursos de que deberán
disponer los establecimientos, así como también la forma en que se solicitará y otorgará esta autorización.
Las entidades cuyas solicitudes sean denegadas o no contestadas dentro del plazo a que se refiere el inciso
segundo del artículo 7º de este Código, podrán reclamar, dentro del plazo de quince días hábiles, ante el
Ministerio de Salud. El reglamento señalará la forma en que deberá tramitarse este recurso.
b) El Instituto de Salud Pública de Chile, será el organismo encargado de autorizar y fiscalizar a las
entidades que realicen el referido control y certificación, debiendo, a falta de organismos privados que
desarrollen dichas tareas, ejecutarlas por sí mismo.
c) Los controles y pruebas de calidad que deban efectuarse en virtud de lo dispuesto en las letras anteriores,
se sujetarán a las especificaciones técnicas fijadas por las normas oficiales aprobadas y, a falta de éstas, por
Page 18
las que apruebe el Ministerio de Salud, a proposición del mencionado Instituto y sobre la base de la
información obtenida en la materia de parte de organismos internacionales o entidades extranjeras
especializadas de control.
Las personas naturales o jurídicas cuyos instrumentos, aparatos, dispositivos, artículos o elementos sean
rechazados por el control de calidad de una entidad autorizada, podrán reclamar ante el Instituto de Salud
Pública de Chile, en el plazo de quince días hábiles, en la forma que señale el reglamento.
d) Por Decreto Supremo fundado del Ministerio de Salud, se hará efectiva la aplicación de las disposiciones
de este artículo a las diferentes clases o tipos de instrumentos, aparatos, dispositivos, artículos y elementos
de que trata, a proposición del Instituto de Salud Pública de Chile, en la que deberá indicarse las
especificaciones técnicas a que se sujetará su control de calidad, aprobadas con arreglo a la letra c) y las
entidades que cuentan con autorización oficial para ejecutarlo o la inexistencia de interesados en obtener
esta autorización.
e) Será competente para instruir el sumario sanitario y sancionar las infracciones a estas disposiciones el
Director del Servicio de Salud en cuyo territorio se cometan.
f) Los elementos que se comercialicen o distribuyan, a cualquier título, sin contar con el certificado de
calidad establecido en esta disposición, serán decomisados, sin perjuicio de las demás medidas que pueda
adoptar la autoridad sanitaria.
g) Las destinaciones aduaneras de estos elementos se sujetarán a las disposiciones de la ley No. 18.164 y su
uso y disposición deberán ser autorizados por el Instituto de Salud Pública de Chile.
El costo de las certificaciones será de cargo exclusivo de las personas naturales o jurídicas que las soliciten.
Artículo 102. Ningún producto farmacéutico o cosmético podrá ser comercializado ni distribuido en el país sin que
se proceda a su registro previo en el Instituto de Salud Pública.
Sin embargo, la autoridad sanitaria podrá autorizar provisionalmente la venta o uso, sin previo registro, de productos
farmacéuticos para usos medicinales urgentes, para investigación científica o ensayos clínicos.
El Servicio Nacional de Aduanas informará mensualmente al Instituto de Salud Pública acerca de los
productos farmacéuticos y cosméticos que hayan sido importados al país, como también sobre su cantidad y el
nombre del importador.
Corresponderá al Ministerio de Salud pronunciarse previamente respecto de la cancelación de un registro o
la denegación de su otorgamiento.
Artículo 103. Un reglamento determinará las normas de control de calidad a que estarán sujetos los productos
farmacéuticos y cosméticos que se importen o fabriquen en el país. No obstante, todo laboratorio de producción
deberá tener su propio sistema de control de calidad de sus productos a cargo de un farmacéutico o químico-
farmacéutico.
Artículo 104. Derogado.
Artículo 105. El Ministerio de Salud aprobará la o las farmacopeas que regirán en el país.
Artículo 106. Requerirán del registro previo a que se refiere el inciso primero del artículo 102, la fabricación,
importación, internación, distribución, transferencia, posesión o tenencia de productos estupefacientes, psicotrópicos
y demás sustancias que produzcan efectos análogos, los que, incluido su consumo, se someterán a las disposiciones
de un reglamento especial; como asimismo el tránsito en la República hacia países extranjeros de estas sustancias,
respetándose las obligaciones contraídas por el Estado en sus convenios y tratados internacionales.
Artículo 107. Cuando lo requiera la debida protección de la salud pública, el Presidente de la República podrá,
previo informe del Director General de Salud, aplicar las normas contenidas en el artículo anterior a medicamentos
tales como estimulantes sedativos, hipnóticos, tranquilizantes o ataráxicos
Read more

LIBRO QUINTO sobre la importancia de los roles en la salud DESTACANDO EL DEL FARMACEUTICOS

LIBRO QUINTO
DEL EJERCICIO DE LA MEDICINA Y PROFESIONES AFINES
Artículo 112. Sólo podrán desempeñar actividades propias de la medicina, odontología, química y farmacia u otras
relacionadas con la conservación y restablecimiento de la salud quienes poseen el título respectivo otorgado por la
Universidad de Chile u otra Universidad reconocida por el Estado y estén habilitados legalmente para el ejercicio de
sus profesiones.
Asimismo, podrán ejercer profesiones auxiliares de las referidas en el inciso anterior quienes cuenten con
autorización del Director General de Salud. Un reglamento determinará las profesiones auxiliares y la forma y
condiciones en que se concederá dicha autorización, la que será permanente, a menos que el Director General de
Salud, por resolución fundada, disponga su cancelación.
No obstante lo dispuesto en el inciso primero, con la autorización del Director General de Salud podrán
desempeñarse como médicos, dentistas, químico-farmacéuticos o matronas en barcos, islas o lugares apartados,
aquellas personas que acreditaren título profesional otorgado en el extranjero.
Artículo 113. Se considera ejercicio ilegal de la profesión de médico-cirujano todo acto realizado con el propósito de
formular diagnóstico, pronóstico o tratamiento en pacientes o consultantes, en forma directa o indirecta, por
personas que no están legalmente autorizadas para el ejercicio de la medicina.
Los servicios profesionales del psicólogo comprenden la aplicación de principios y procedimientos psicológicos que tienen por finalidad asistir, aconsejar o hacer psicoterapia a las personas con el propósito de
promover el óptimo desarrollo potencial de su personalidad o corregir sus alteraciones o desajustes. Cuando estos
profesionales presten sus servicios a personas que estén mentalmente enfermas, deberán poner de inmediato este
hecho en conocimiento de un médico especialista y podrán colaborar con éste en la atención del enfermo.
No obstante lo dispuesto en el inciso anterior, quienes cumplan funciones de colaboración médica, podrán realizar
algunas de las actividades señaladas, siempre que medie indicación y supervigilancia médica. Asimismo, podrán
atender enfermos en caso de accidentes súbitos o en situaciones de extrema urgencia cuando no haya médico-
cirujano alguno en la localidad o habiéndolo, no sea posible su asistencia profesional.
Artículo 114. Prohíbese a una misma persona ejercer conjuntamente las profesiones de médico-cirujano y las de
farmacéutico, químico-farmacéutico o bio-químico.
Page 20
Artículo 115. Los cirujano-dentistas sólo podrán prestar atenciones odonto-estomatológicas. Podrán, asimismo,
adquirir o prescribir los medicamentos necesarios para dichos fines, de acuerdo al reglamento que dicte el Director
General de Salud.
Artículo 116. Los laboratoristas dentales sólo podrán ejercer sus actividades a indicación de cirujano-dentistas,
quedándoles prohibido ejecutar trabajos en la cavidad bucal.
Artículo 117. El ejercicio de la profesión de matrona comprenderá la atención del embarazo, parto y puerperio
normales.
En la asistencia de partos, sólo podrán intervenir mediante maniobras en que se apliquen técnicas manuales
y practicar aquellas curaciones que signifiquen atención inmediata de la parturienta.
Podrán usar y prescribir sólo aquellos medicamentos que el reglamento clasifique como necesarios para la
atención de partos normales.
Artículo 118. Los consultorios de matronas podrán ser destinados al control de la evolución del embarazo y
quedarán incluidos en la reglamentación sobre maternidades particulares.
Artículo 119. No podrá ejecutarse ninguna acción cuyo fin sea provocar un aborto.
Artículo 120. Los profesionales señalados en el artículo 112 de este Código no podrán ejercer su profesión y tener
intereses comerciales que digan relación directa con su actividad, en establecimientos destinados a la importación,
producción, distribución y venta de productos farmacéuticos, aparatos ortopédicos, prótesis y artículos ópticos, a
menos que el Colegio respectivo emita en cada caso un informe estableciendo que no se vulnera la ética profesional.
Exceptúanse de esta prohibición los químico-farmacéuticos y farmacéuticos
.
Read more

Declaracion Centro de Alumnos UNIVERSIDAD DE VALPARAISO

Futuros colegas:
Les envio la siguiente información porque es crucial que todos manejen el tema. Estamos concientes que mediante las asambleas es imposible llegar a todos ustedes y como este tema es de vital importancia para todos nosotros, les envío todo lo esencial para entender el problema.La situación es crítica, El concepto que hoy tenemos del Quimico Farmacéutico y su importancia e impacto en la Salud pública está por derrumbarse si las cosas quedam tal como hoy....Hagan conciencia para que defendamos nuestra profesión con todo.Más que nunca debemos estar todos unidos...Atentamente.Günther Bürk.Presidente CEFUV.
-- -----------------------------------------------------------
Read more

LIBRO SEXTO DE LA LEY IMPORTANCIA EN EL ROL DEL FARMACEUTICOS

LIBRO SEXTODE LOS LABORATORIOS, FARMACIAS Y OTROS ESTABLECIMIENTOSArtículo 121. La fabricación y elaboración de productos farmacéuticos sólo se permitirá en las farmacias ylaboratorios destinados a este objeto.Artículo 122. Ninguna farmacia, droguería o laboratorio de productos farmacéuticos podrá instalarse, funcionar otrasladarse sin autorización del Servicio Nacional de Salud.Corresponderá a éste, asimismo, la fiscalización de dichos establecimientos.Artículo 123. La venta al público de los productos farmacéuticos para uso humano sólo podrá hacerse en lasFarmacias, las que deberán ser dirigidas técnicamente por un Farmacéutico o Químico Farmacéutico.No obstante y en conformidad a las instrucciones que imparta el Ministerio de Salud, el Servicio Nacional de Salud podrá autorizar la instalación y funcionamiento de almacenes farmacéuticos. Estos almacenes sólo podrán expenderlos productos farmacéuticos y demás elementos que determine el reglamento.Los almacenes farmacéuticos estarán dirigidos por prácticos de farmacia quienes deberán ser autorizadospor el Servicio Nacional de Salud, previa comprobación de las condiciones de idoneidad y competencia quedetermine el decreto supremo reglamentario del Ministerio de Salud.Sin perjuicio de lo dispuesto en los incisos anteriores, los productos farmacéuticos para uso humanoautorizados en el reglamento podrán ser expendidos en otros establecimientos, a cargo de un práctico de farmacia,en la forma y condiciones que determine el reglamento, el que, además, fijará la nómina de dichos productos.Artículo 124. Los médicos-cirujanos, cirujanos-dentistas y matronas podrán, para el ejercicio de su profesión,mantener existencia de productos farmacéuticos para ser administrados por ellos.Artículo 125. El Servicio Nacional de Salud podrá autorizar la instalación de botiquines para el despacho o venta deproductos farmacéuticos y elementos de primeros auxilios que determine el reglamento, en clínicas, maternidades,casas de socorro, campamentos mineros, termas, postas médicas, cuarteles y navíos.Artículo 126. Las droguerías y laboratorios de productos farmacéuticos, alimentos de uso médico, cosméticos y >preparados higiénicos deberán ser dirigidos técnicamente por un farmacéutico o químico farmacéutico.En los casos de elaboración de materias primas o drogas de origen biológico, que se obtengan por procesos de talíndole, la dirección técnica podrá, además, corresponder a un bioquímico, a un médico-cirujano microbiólogo o a unmédico veterinario.Las droguerías y depósitos de productos farmacéuticos de uso exclusivamente animal, podrán ser asistidos técnicamente por médico veterinario.La dirección técnica de las farmacias será incompatible entre sí y con la de cualquier otro de los establecimientos enunciados en el presente artículo.Artículo 127. Los productos farmacéuticos sólo podrán expenderse al público con receta médica, salvo aquellos quedetermine el reglamento.Artículo 128. Sólo en los establecimientos de óptica podrán fabricarse lentes con fuerza dióptrica de acuerdo con lasprescripciones que se ordenen en la receta médica correspondiente.Los establecimientos de óptica podrán abrir locales destinados a la recepción y al despacho de recetasmédicas en que se prescriban estos lentes, bajo la responsabilidad técnica de la óptica pertinente.Artículo 129. La instalación, ampliación, modificación o traslado de establecimientos públicos y particulares deasistencia médica, tales como hospitales, maternidades, clínicas, policlínicas, sanatorios, asilos, casas de reposo,establecimientos de óptica, laboratorios clínicos, institutos de fisioterapia y psicoterapia, será autorizada por elServicio Nacional de Salud, a quien corresponderá también vigilar su funcionamiento.Igualmente, corresponde al Servicio Nacional de Salud vigilar el funcionamiento de peluquerías, institutos debelleza, gabinete de pedicuría y otros establecimientos similares.La dirección técnica de los establecimientos señalados en el inciso primero, estará a cargo de profesionales con el título que, en cada caso, determine el Servicio Nacional de Salud.
Read more

ATENTOS CAPITULADOS ESTUDIANTILES DE CHILE

Estimados CAPITULADOS:
Como ustedes ya sabrán,se ha a aprobado la apertura de almacenes farmaceuticos en cualquier ciudad del pais, lo que expone a la comunidad a un grave riesgo de intoxicaciones por el posible aumento de automedicación debido a la ausencia de un QF en la farmacia. Nuestra labor como futuros QF es resguardar nuestra profesion y dejar bien en claro que el experto en farmacos es y será el QF, por lo cual es él, el único con conocimientos necesarios para despachar un medicamente, por lo cual vemos con espanto como otras personas(auxiliares de farmacia) se podría hacer cargo de esta tarea.


DESVENTAJAS DE LA APERTURA DE ALMACENES FARMACEUTICOS
Restricción de la presencia de un profesional Químico Farmacéutico sólo a farmacias que mantengan Psicotrópicos, Estupefacientes y medicamentos sujetos a control de stock (en los almacenes sólo estará un Auxiliar de Farmacia con 10 años de experiencia)
Disminución del ya alicaído campo laboral para nuestra profesión.
Mayor ausencia de participación nuestra ante la sociedad.
Aumento del riesgo de intoxicación con medicamentos como AINES usados frecuentemente(Paracetamol) y de fácil presencia en los Almacenes Farmacéuticos sin supervisión de los Q.F.
Disminución en un futuro muy cercano de nuestro sueldo por aumento de demanda y falta de oferta del mercado
Es por ello que el día 21 de abril en santiafo, se realizará una asamblea general con la Ministra de Salud, Colegio QQFF, Colegio Medico, profesionales colegiados y no colegiodos, y alumnos de quimica y farmacia de todas las unviersidades de pais. Se esta haciendo tod lo posible apra que parta un bus financiado por la facultad o quizas financiado en parte por nosotros...una cuota minima, para que podamos defender la salud de este pais.
HAGO UN LLAMADO DE ATENCION A ESTAR ATENTO A LOS MEDIOS, estudiantes de quimica y farmacia a nivel NACIONAL estan organizandos a la espera de esta gran reunion.

ES TIEMPO DE DEMOSTRAR UNION, Y CAPACIDADES QUE TIENE ESTE GRAN PROFESIONAL
Sin otro particular, esperando la cooperación de todos ustedes, me despido atte.
Fernando Benal Ortiz
Presidente Capitulo Estudiantil Quimica y Farmacia 2008

-- Capítulo Estudiantil Química y Farmacia 2008Colego Químico Farmacéutico A.G.
Read more

NO DEJEMOS QUE EL gobierno ESTABLEZCA UN NUEVO TRANSANTIAGO

NO DEJEMOS QUE EL gobierno ESTABLEZCA UN NUEVO TRANSANTIAGO NO A LOS ALMACENES FARMACEUTICOS , ABAJO LA MINISTRA DE SALUD

Read more

A todos los a todos los que hacen llamar""EXPERTO DEL MEDICAMENTO"" SE CONVOCA!!!!!!!:

"Estimados Estudiantes Necesito difundir la declaración adjunta y reunir la mayor cantidad de alumnos de Química y Farmacia de todas las universidades, el día Lunes 21 de Abril 2008, ideal con delantal Blanco en el frontis del edificio, por el parque forestal.Atenta a sus comentarios...

VAMOS QUE SE PUEDE......HAY QUE DEFENDER NUESTRA DISTINGUIDA PROFESIÓN.

Confio en uds.--

Dra. QF. Loreto Zamora Aguilar.Secretaria EjecutivaColegio Químico Farmacéuticos y Bioquímicos A.G.Merced 50Santiago-ChileFono +56-2) 6392505Celular +56-9) 8725136

"DECLARACION:"COLEGIO DE QUÍMICO-FARMACÉUTICOS Y BIOQUÍMICOS DE CHILE A.G.DECLARACION PÚBLICA:ALMACENES FARMACÉUTICOSEl Colegio de Químico-Farmacéuticos y Bioquímicos de Chile, siente un deber dar a conocer ante la comunidad, su preocupación ante la liberación de restricciones de instalación de los llamados Almacenes Farmacéuticos.1. El Código Sanitario, en su artículo 123, establece que la venta de medicamentos se efectúa en farmacias bajo la responsabilidad de un profesional Químico Farmacéutico. Sólo por excepción se autorizarán almacenes farmacéuticos que funcionaran de acuerdo a instrucciones ministeriales.2. La circular 2C/Nº 1 de 1987 de la Subsecretaría del Ministerio de Salud, establecía que se autorizarían los Almacenes Farmacéuticos en localidades en que la relación de farmacia por 10.000 habitantes era menor de 1. La circular A15/Nº 08 de 25/03/08 de la Subsecretaría de Salud Pública, deja sin efecto la circular anterior, es decir, deroga restricciones de instalación de los llamados Almacenes Farmacéuticos, lo que calificamos como inaceptable en las condiciones vigentes.3. Ello significa que se pueden instalar aún en localidades donde ya hay farmacias autorizadas y no solamente en lugares alejados de los centros urbanos. Es necesario recordar que el espíritu de la reglamentación que permitió la creación de los almacenes farmacéuticos solamente pretendía dar acceso a los medicamentos a la población alejada de centros urbanos y hoy no se aprecia la necesidad sanitaria de contar con Almacenes Farmacéuticos en un país donde el estándar de las farmacias es muy alto y su nivel de servicio es extremadamente valorado por parte de la población.4. Nuestra Orden Profesional, estima que se trata de una medida irresponsable y que pone en serio riesgo a la comunidad. La liberación de las restricciones de instalación de los llamados almacenes farmacéuticos, aumentará la automedicación y los problemas asociados al mal uso de los fármacos. Se entrega la responsabilidad de la dispensación de medicamentos a personas que no son profesionales y que carecen de los conocimientos necesarios que permitan una dispensación segura e informada.5. A nuestro juicio, resulta inadmisible vulnerar los objetivos sanitarios dando pie a medidas que sólo persiguen fines comerciales. Con esto, se posibilita un nuevo canal de ventas de medicamentos, cuando aún no se cuenta con una sólida estructura fiscalizadora para evitar la venta de medicamentos en las ferias libres, locomoción colectiva ni menos a través de internet.6. Hacemos un llamado al Ministerio de Salud a reconsiderar la valoración del medicamento en su función social, y defender su uso racional y no como un mero producto mercantil, ajeno a la salud pública. Pedimos concretamente a dejar sin efecto la circular A15/Nº8 y la urgente actualización del Reglamento de Farmacia. el cual esta obsoleto y no se adecua a la realidad actual.Santiago, 10 de abril, 2008."INFO DE LA ASAMBLEA MENCIONADA:Citación a todos los Químico Farmacéuticos de SantiagoAnte la Circular A15/Nº 08 del 25/Marzo/2008 de la Subsecretaría de Salud Pública, que deroga restricciones de instalación y funcionamiento de los “Almacenes Farmacéuticos”, que ha producido gran consternación y preocupación entre los Químico Farmacéuticos de todo el país,

llamamos a asistir a ASAMBLEA EXTRAORDINARIA de Químicos Farmacéuticos de SantiagoLunes 21 Abril 2008 18:30 hrs. Merced 50, SantiagoExponenDr.Q.F. Elmer Torres Presidente Colegio Químico FarmacéuticoDr. Juan Luis Castro Presidente Colegio Médico de ChileSra. Angélica Sotomayor Asesora Jurídica Colegio QFAutoridad Ministerial invitada Ministerio de SaludLlamamos a los colegas a defender responsablemente el acceso seguro al medicamento, y la atención farmacéutica profesionalinsisto. divulguen esta info, ya que nos concierne a todos.. no solo a los estudiantes y QFs....
Read more

"una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".



El Colegio Químico Farmacéutico tildó de "aberrante" la circular del Minsal para aprobar estos locales, que podrán vender medicamentos bajo fiscalización sólo de técnicos.
Como una "aberración" calificó el Colegio Químico Farmacéutico la circular del Ministerio de Salud que establece la creación de almacenes farmacéuticos, que podrán vender medicamentos sin la presencia de estos especialistas.

En diálogo con Una Nueva Mañana, el presidente subrogante del gremio, Alejandro Martínez, indicó que la medida es "una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".

"Se legaliza el expendio de medicamentos en cualquier tipo de almacenes de manera que la persona va a poder comprar un kilo de jamonada, un kilo de queso, palta y también algunos medicamentos", acusó.

La semana pasada, Salud dio a conocer que los medicamentos que no requieren receta médica podrán ser adquiridos en almacenes farmacéuticos, a través de una circular que deroga una anterior indicación existente desde 1987.

Helia Molina, jefa de la División de Políticas Saludables del Minsal, subrayó que en los almacenes se ofrecerán medicamentos "que no requieren de una supervisión intensa" y estarán bajo fiscalización de técnicos farmacéuticos. (Cooperativa.cl)
El Colegio Químico Farmacéutico tildó de "aberrante" la circular del Minsal para aprobar estos locales, que podrán vender medicamentos bajo fiscalización sólo de técnicos.
Como una "aberración" calificó el Colegio Químico Farmacéutico la circular del Ministerio de Salud que establece la creación de almacenes farmacéuticos, que podrán vender medicamentos sin la presencia de estos especialistas.

En diálogo con Una Nueva Mañana, el presidente subrogante del gremio, Alejandro Martínez, indicó que la medida es "una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".

"Se legaliza el expendio de medicamentos en cualquier tipo de almacenes de manera que la persona va a poder comprar un kilo de jamonada, un kilo de queso, palta y también algunos medicamentos", acusó.

La semana pasada, Salud dio a conocer que los medicamentos que no requieren receta médica podrán ser adquiridos en almacenes farmacéuticos, a través de una circular que deroga una anterior indicación existente desde 1987.

Helia Molina, jefa de la División de Políticas Saludables del Minsal, subrayó que en los almacenes se ofrecerán medicamentos "que no requieren de una supervisión intensa" y estarán bajo fiscalización de técnicos farmacéuticos. (Cooperativa.cl)
El Colegio Químico Farmacéutico tildó de "aberrante" la circular del Minsal para aprobar estos locales, que podrán vender medicamentos bajo fiscalización sólo de técnicos.
Como una "aberración" calificó el Colegio Químico Farmacéutico la circular del Ministerio de Salud que establece la creación de almacenes farmacéuticos, que podrán vender medicamentos sin la presencia de estos especialistas.

En diálogo con Una Nueva Mañana, el presidente subrogante del gremio, Alejandro Martínez, indicó que la medida es "una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".

"Se legaliza el expendio de
El Colegio Químico Farmacéutico tildó de "aberrante" la circular del Minsal para aprobar estos locales, que podrán vender medicamentos bajo fiscalización sólo de técnicos.
Como una "aberración" calificó el Colegio Químico Farmacéutico la circular del Ministerio de Salud que establece la creación de almacenes farmacéuticos, que podrán vender medicamentos sin la presencia de estos especialistas.

En diálogo con Una Nueva Mañana, el presidente subrogante del gremio, Alejandro Martínez, indicó que la medida es "una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".

"Se legaliza el expendio de medicamentos en cualquier tipo de almacenes de manera que la persona va a poder comprar un kilo de jamonada, un kilo de queso, palta y también algunos medicamentos", acusó.

La semana pasada, Salud dio a conocer que los medicamentos que no requieren receta médica podrán ser adquiridos en almacenes farmacéuticos, a través de una circular que deroga una anterior indicación existente desde 1987.

Helia Molina, jefa de la División de Políticas Saludables del Minsal, subrayó que en los almacenes se ofrecerán medicamentos "que no requieren de una supervisión intensa" y estarán bajo fiscalización de técnicos farmacéuticos. (Cooperativa.cl)
El Colegio Químico Farmacéutico tildó de "aberrante" la circular del Minsal para aprobar estos locales, que podrán vender medicamentos bajo fiscalización sólo de técnicos.
Como una "aberración" calificó el Colegio Químico Farmacéutico la circular del Ministerio de Salud que establece la creación de almacenes farmacéuticos, que podrán vender medicamentos sin la presencia de estos especialistas.

En diálogo con Una Nueva Mañana, el presidente subrogante del gremio, Alejandro Martínez, indicó que la medida es "una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".

"Se legaliza el expendio de medicamentos en cualquier tipo de almacenes de manera que la persona va a poder comprar un kilo de jamonada, un kilo de queso, palta y también algunos medicamentos", acusó.

La semana pasada, Salud dio a conocer que los medicamentos que no requieren receta médica podrán ser adquiridos en almacenes farmacéuticos, a través de una circular que deroga una anterior indicación existente desde 1987.

Helia Molina, jefa de la División de Políticas Saludables del Minsal, subrayó que en los almacenes se ofrecerán medicamentos "que no requieren de una supervisión intensa" y estarán bajo fiscalización de técnicos farmacéuticos. (Cooperativa.cl)
El Colegio Químico Farmacéutico tildó de "aberrante" la circular del Minsal para aprobar estos locales, que podrán vender medicamentos bajo fiscalización sólo de técnicos.
Como una "aberración" calificó el Colegio Químico Farmacéutico la circular del Ministerio de Salud que establece la creación de almacenes farmacéuticos, que podrán vender medicamentos sin la presencia de estos especialistas.

En diálogo con Una Nueva Mañana, el presidente subrogante del gremio, Alejandro Martínez, indicó que la medida es "una aberración desde el punto de vista sanitario, improcedente desde el punto de vista legal, y además inconstitucional".

"Se legaliza el expendio de medicamentos en cualquier tipo de almacenes de manera que la persona va a poder comprar un kilo de jamonada, un kilo de queso, palta y también algunos medicamentos", acusó.

La semana pasada, Salud dio a conocer que los medicamentos que no requieren receta médica podrán ser adquiridos en almacenes farmacéuticos, a través de una circular que deroga una anterior indicación existente desde 1987.

Helia Molina, jefa de la División de Políticas Saludables del Minsal, subrayó que en los almacenes se ofrecerán medicamentos "que no requieren de una supervisión intensa" y estarán bajo fiscalización de técnicos farmacéuticos. (Cooperativa.cl)
Read more
 

Quimicos y Farmaceuticos + Bioquimicos UNIDOS Design by Insight © 2009